Nuestra ley de la “memoria histórica” es la ley de una “vergüenza histórica”. El modelo de búsqueda, localización y exhumación de los desaparecidos del franquismo vigente hoy en España es el de la Orden de Franco de Mayo de 1940, copiado por nuestra ley “de la memoria”, no el del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el resto de instituciones internacionales.
Por ello, como si España estuviese fuera de Europa, en vez de una “investigación oficial efectiva e independiente”, sin tardanza, y por propia iniciativa de nuestras autoridades nacionales – no de las familias –, como exige el Tribunal Europeo, tenemos una ley que es un laberinto jurídico, que no recoge ni una sola de las medidas requeridas por Naciones Unidas en materia de “verdad, justicia y reparación” y que no garantiza, en modo alguno, los derechos fundamentales de los familiares de los desaparecidos.
Tras treinta años de democracia y Estado de Derecho España no ha cumplido, todavía, ni una sola de sus obligaciones en la materia, a pesar de seguir siendo en la actualidad el segundo país del mundo en cifras de desaparecidos, tan sólo superadas las 150.000 víctimas de nuestras fosas clandestinas – y el indeterminado número de niños robados por la dictadura – por las cifras del régimen de Pol Pot en Camboya.
Lamentamos que en la elaboración de la ley nuestras autoridades hayan preferido seguir el sistema de garantía de derechos y libertades previsto por Franco al del Tribunal Europeo de Derechos Humanos o al de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, negando con ello, de forma contraria a la legalidad internacional, la normal aplicación en nuestro territorio de los artículos 2 y 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos a todas estas víctimas. Lamentamos que, con ello mismo, nuestras autoridades democráticas, no ya la sangrienta dictadura franquista precedente, vengan haciéndose responsables de la prolongación de una incertidumbre y sufrimiento de los familiares de los desaparecidos constitutivo de “trato inhumano” prohibido en los términos del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y se continúen desatendiendo obligaciones esenciales, recientemente reiteradas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.
Lamentamos que nuestro Gobierno no haya emprendido, todavía, medida alguna ante el caso de los “niños perdidos” del franquismo – que la llamada ley “de la memoria” ni siquiera menciona – a pesar de tratarse de desaparecidos aún en vida, buscados por sus familias y para los que cada día que sigue pasando sin actuación de nuestras autoridades resulta, además, en una privación de su “derecho a la vida familiar” conforme el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y a la reagrupación de estas familias desgarradas por la dictadura.
A la vista de todo ello, los firmantes del presente comunicado pedimos al Gobierno de España que cumpla con su obligación de dar normal aplicación en nuestro país al Convenio Europeo de Derechos Humanos, y a los deberes de “verdad, justicia y reparación”, respecto los desaparecidos del franquismo y sus familiares, comenzando por modificar la vigente ley para articular un sistema de búsqueda, exhumación e identificación de los casos de las fosas – y de localización de los “niños perdidos” – mediante una Comisión Nacional de Búsqueda de Desaparecidos conforme los estándares internacionales.
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