15 de enero de 2014

Estimada Mª José ... recuerda que aunque a veces hay malas experiencias, nunca debes retroceder ni rendirte, quien persevera alcanza.
Joan Busquets i Verges. Exmaqui libertario del Berguedá 28/12/2013
"Muero contento, porque equivocado o no, muero por una idea" Manuel Barreiro dos días antes de ser fusilado 12/3/1939


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lunes, 4 de julio de 2011

El Senado aprueba poner fin a la polémica suscitada sobre la concesión de la nacionalidad española a los nietos de las abuelas exiliadas

fundaciónideas 01.07.2011
El Grupo Parlamentario Socialista en el Senado ha presentado al Proyecto de Ley de Registro Civil una enmienda a través de la cual se acaba con las desigualdades existentes en materia de adquisición de la nacionalidad española entre nietos y nietas de algunas abuelas exiliadas.


Debido a la legislación discriminatoria vigente en la época de la contienda, muchas de las mujeres exiliadas que contrajeron matrimonio con extranjeros en los países de destino perdieron la nacionalidad española, por lo que no pudieron transmitirla a sus descendientes.

Para dar solución a esta situación, la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, reconoce y amplía derechos, y establece mediadas a favor de quienes fueron objeto de persecuciones o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura. Todo ello permitiendo que los hijos y nietos de los exiliados pudieran adquirir por opción la nacionalidad española que sus padres o abuelos no pudieron transmitir porque se vieron obligados o formados a perderla.

Pero en la práctica la redacción de la disposición llevaba a confusión, de tal manera que no se hacía referencia a que los nietos de algunas exiliadas españolas que conservaron su nacionalidad, pudieran también beneficiarse todos esos derechos establecidos. Un trato discriminatorio que hasta ahora se venía haciendo.

La enmienda presentada por el PSOE reconoce y amplía textualmente “los derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la Guerra Civil y la dictadura, podrán también ejercerlo los nietos de las exiliadas españolas que conservaron la nacionalidad española tras haber contraído matrimonio con un extranjero con posterioridad al 5 de agosto de 1954, fecha de la entrada en vigor de la Ley de 15 julio 1954, siempre que no transmitiesen la nacionalidad española a sus hijos, por seguir éstos la del padre, y formalicen su declaración en tal sentido en el plazo de una año desde la entrada en vigor de la presente disposición”.

Otra de las enmiendas aprobadas por el Grupo Parlamentario Socialista en el Senado permite favorecer la inscripción de defunción de todos aquellos desaparecidos durante la Guerra Civil y el franquismo.
La propuesta ha contado con el apoyo de 125 votos a favor y 114 en contra dentro del Proyecto de Ley de Registro Civil, y con ella se pretende llevar a cabo la inscripción de defunción de las personas desaparecidas durante la contienda y el franquismo atenuando el rigor de la demostración del fallecimiento, pero siempre que, según el texto, “de las pruebas aportadas pueda referirse razonablemente su fallecimiento.”

De esta manera, el grupo socialista ha sabido dar respuesta a las quejas que durante años se han venido planteando por parte de los descendientes de las víctimas de la Guerra Civil, en las que nunca han dejado de reivindicar la accesibilidad al expediente registral de una manera menos compleja y costosa de la que hasta hoy contempla la Ley.

Dichas enmiendas ya han sido aprobadas en la Comisión de Justicia y, si el Congreso de los Diputados aprueba el Proyecto de Ley de Registro Civil, se harán efectivas justo al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Para el resto de la norma habrá que esperar algún tiempo más, ya que entrará en vigor a los tres años.

jueves, 19 de mayo de 2011

El Congreso debatirá si los miembros de grupos terroristas pueden beneficiarse de la Ley de Víctimas

MADRID, 18 May. (EUROPA PRESS)-
El Pleno del Congreso tiene previsto debatir el próximo martes una proposición no de ley de Esquerra Republicana que plantea que los miembros de bandas o grupos armados que padecieron persecución o violencia puedan beneficiarse de las indemnizaciones que contempla la conocida como Ley de Memoria Histórica o en su caso de la futura Ley Integral de Víctimas del Terrorismo.

Esta iniciativa, a la que ha tenido acceso Europa Press, es consecuencia de la interpelación que el diputado independentista Joan Tardà formuló el pasado miércoles al ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui, y en ella se compendian gran parte de las propuestas realizadas entonces por los republicanos.

Aunque Tardà llegó a proponer desde la tribuna de oradores que empresas, fundamentalmente constructoras, que "esclavizaron" a republicanos para construir embalses y carreteras corran con los cargos de las exhumaciones de los restos que aún se acumulan en fosas comunes del Valle de los Caídos, esta sugerencia no ha sido trasladada a la moción.

Esquerra sí defiende que el Congreso inste al Gobierno a presentar en dos meses un informe sobre las víctimas que padecieron violencia política durante la Transición para que no queden fuera de las leyes sobre esta materia aprobadas hasta ahora o que puedan ver la luz en el futuro.

DOS COMISIONES DE SABIOS

También reclama que una comisión de expertos forenses y arqueólogos, de acuerdo con las asociaciones de familiares de personas enterradas en el Valle de los Caídos, elabore un informe sobre las medidas necesarias para poder culminar la localización e identificación de todos los restos que sean posibles para facilitar su exhumación y traslado si así lo piden sus familias.

Además, abogan por la creación de una comisión de juristas propuestos por el Gobierno y los grupos parlamentarios para proponer fórmulas que sirvan para resolver la contradicción jurídica existente entre las interpretaciones defendidas por la Fiscalía General del Estado y los tribunales de Justicia en relación con la nulidad de los juicios políticos del franquismo.

Según recuerdan, mientras que la Fiscalía considera la declaración legal de ilegitimidad de esas sentencias y de quienes las impusieron equivale a una nulidad, los tribunales sean mostrado a la nulidad de pleno derecho.

Por último, ERC pide que se adopten las disposiciones normativas necesarias para poder inscribir en el Registro Civil a aquellas personas desaparecidas cuyos datos no constaran en él, así como poder rectificar la información relativa a la causa de fallecimiento. A sus demandas añaden que se preste asesoramiento jurídico a las familias para poder realizar estos trámites.

miércoles, 25 de marzo de 2009

Diversas entidades programan actos sobre los 70 años de la represión franquista

Europa Press, Valencia 22/3/09. Diversas entidades han programado una serie de actos para los días 30 de marzo y 18 y 19 de abril con motivo de los "70 años de la represión franquista" en Valencia, que incluyen la presentación en el Registro Civil de una solicitud de reconocimiento de defunción legal de las personas enterradas en las fosas del Cementerio General.Entre las entidades que han organizado los actos se encuentran el Fòrum per la Memòria del País Valencià; Acció Cultural del País Valnecià; Centre Social Terra; Societat Coral El Micalet; Sodepau PV; PSAN; Comissió de la Dignitat; Esquerra Anticapitalista; Alerta Solidària; Maulets e Intersindical Valenciana.

El programa de actos comenzará el día 30, a las 12,00 horas, en la Ciudad de la Justicia de Valencia donde los organizadores, "coincidiendo con el día excato de la entrada de las tropas franquistas en Valencia", presentarán en el Registro Civil una solicitud de reconocimiento de defunción legal de todas las personas enterradas en las fosas del Cementerio General de Valencia, que "aún a fecha de hoy no están oficialmente inscritas como difuntas".

A las 19,30 horas de ese día se presentará en el Colegio Mayor Rector Peset el documental El genocidio franquista en Valencia, en la que intervendrán la abogada del Fòrum per la Memòria del PV, Mercè Teodoro; Vicente Muñiz, hijo de fusilados por el franquismo y Josep Guia, profesor universitario y miembro de la Comissió de la Dignitat.

El 18 de abril, en el Cementerio de Paterna (Valencia), se inaugurará el Memorial dedicado a las Víctimas de la Represión Franquista y al día siguiente, en el Cementerio General de Valencia, habrá un homenaje a las víctimas del franquismo enterradas en las fosas comunes.

lunes, 16 de febrero de 2009

En las cunetas y en el Registro Civil

Un manifiesto persigue que se anoten oficialmente los asesinatos de miles de desaparecidos

RAÚL BOCANEGRA - Sevilla - 14/02/2009
Varias asociaciones de memoria histórica han iniciado una campaña para que los desaparecidos de la Guerra Civil y de la represión franquista acaben por fin inscritos en los registros civiles. Reclaman a todos los grupos parlamentarios una modificación de la ley para facilitar a las familias, que en muchos casos han acudido a los tribunales, la anotación.

El proceso es esencial para cualquier investigación sobre la represión de la dictadura y va encaminado directamente a recuperar personas, con nombres y apellidos, que sufrieron una doble muerte, la real y la de esfumarse de la historia. Esto sucedió sobre todo en las zonas donde triunfó antes el golpe de Francisco Franco y donde avanzaron los generales: Andalucía occidental, Extremadura, Castilla-León, Galicia, Navarra y zonas de Aragón y Asturias.

Pocos días después de la rebelión de 1936, "se dictaron órdenes precisas para que no se inscribiera a los asesinados con la clara intención de dejar el menor rastro posible", aseguran las asociaciones de memoria en el manifiesto ¡¡¡Todas las víctimas del franquismo en los registros civiles!!!, que ya han firmado 233 personas de toda la península.

No hay cifras de cuántas personas dejaron de apuntarse, pero una idea de lo que se pretende reparar la da la historia de Manuel Escobar Moreno y de Castilleja del Campo, un pequeño municipio (633 habitantes) de la provincia de Sevilla. Como documentó el profesor estadounidense Richard Barker en su libro El largo trauma de un pueblo andaluz, 17 personas fueron asesinadas en 1936. Nueve de ellas no constan en el registro y algunos ni siquiera tienen familiares. "La intención era ocultar el número de asesinatos", asevera Cecilio Gordillo, responsable del grupo de trabajo sobre memoria histórica de CGT-Andalucía.

En el caso de Escobar Moreno, cuya familia pudo inscribirlo en 1946, en la hoja número 76 se lee: "Falleció [...] el día 27 de agosto de 1936 a las [en blanco] a consecuencia de aplicación del bando de guerra". "En otros casos pone por herida de bala, nunca asesinato", asegura Noelia Rodríguez, concejal socialista del ayuntamiento y nieta de Escobar Moreno.

Decreto de 1936

La cobertura normativa de la inscripción de Escobar Moreno y tantos otros la dio el franquismo en noviembre de 1936, coincidiendo con el declive de la represión al amparo del bando de guerra, según el historiador Francisco Espinosa. En esa fecha, se publicó un decreto por el que miles de personas pudieron legalizar la muerte de sus familiares. "En el mejor de los casos se hizo falseando la causa de la muerte. Al daño causado, se añadió la humillación de unos procedimientos ideados para que los asesinados no pudiesen adquirir ni siquiera la condición de víctimas", aseguran las asociaciones CGT, ARMH, Memoria Antifranquista, Aremehisa, Memoria Histórica y Justicia, Dime y Guerra y Exilio.....


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sábado, 7 de febrero de 2009

Desaparecidos sin documentar

Hoy por hoy, trascurridos ya más de 73 años de los acontecimientos ocurridos, durante la represión ejercida en el golpe de estado del año 1936, parece inconcebible que nuestros políticos sigan sin mover ni un solo dedo para devolver la reparación y la dignidad a las personas desaparecidas en aquellos oscuros días y que fueron pioneros en la defensa de las libertades y la democracia que actualmente todos nosotros disfrutamos. A esa desaparición física, también se unió la desaparición documental, pues solo y en el mejor de los casos se registró un tercio de los asesinatos cometidos. Y como consecuencia de ello cintos de miles de personas todavía tras mas de siete décadas siguen sin tener su “desaparición documentada”. A todos los efectos legales son “desaparecidos”. Personas con fecha y documentación de nacimiento que carecen del más absoluto y único documento de defunción. Cientos de miles de personas, de familias, de familiares que deben de seguir soportando la desaparición documental de sus abuelos, de sus esposos o de sus padres, la desaparición física y legal a la que el franquismo les condeno de por vida ( y también en muerte). Nuestras leyes siguen amparando esa desaparición documental al no permitir la inscripción de su muerto en los registros civiles, un acto execrable de desprecio por la mas elemental moralidad. A nuestras abuelas se les pudo permitir realizar esas inscripciones, durante la dictadura, a todas y cada una de ellas, que de forma insistente fueron acercándose a los distintos juzgados para que su situación de viudedad se legalizara. Y todas y cada una de ellas se negó rotundamente a inscribir la desaparición de su marido, el asesinato de su esposo como “muerte natural” , aún a riesgo de padecer la intimidación y el chantaje al que fueron sometidas. Sus hijos hubieron de hacer el servicio militar, no se pudieron librar del mismo por ser “hijos de viuda” , y ellas jamás pudieron acceder al cobro de la mísera pensión a la que el estado después de décadas de olvido y abandono las hizo beneficiarias de su condición. No, jamás renunciaron a la dignidad y la valentía, jamás se sometieron a la humillación y la postración de permitir que el asesinato ilegal fuese encubierto y consentido por ellas mismas en un documento legal. Fue quizás su último acto de justicia con sus muertos., con sus desaparecidos. Unos desaparecidos, que hoy más que nunca claman su derecho dejar de serlo. Su derecho constitucional, su derecho legal a que sus muertes se documenten. Su inscripción ya hoy no se realizara bajo actos de chantaje o intimidación , pero si de justicia y dignidad. Una justicia que tarda mucho, demasiado en llegar y una dignidad, que solo sus familias han sabido conservar. Hora es ya de que el estado democrático les reconozca ese derecho, de que el estado actual termine de una vez por todas con esa amnesia documental. Las familias, las asociaciones, los colectivos implicados así se lo reclaman. Seguir obviando el problema, seguir ignorándolo y mirando para otro lado, no hace sino aumentar el sufrimiento y el dolor de las familias.

Familias, que aún hoy, siguen llamando a las puertas de las juzgados para inscribir a “sus muertos” , setenta y tres años después de que estos comenzasen a serlo. Es dantesco, es nunca mejor empleado el término “ de juzgado de guardia”. Sigue siendo vergonzoso y humillante, pero esta vez la humillación y la vergüenza habrían de hacer sonrojarse al país, al país que les vio nacer y también morir y que se jacta internacionalmente de ser un ejemplo de libertad y tolerancia pero también de impunidad y olvido.

Aguilar de la Frontera, 6 de febrero del 2009.

-Rafael Espino Navarro.- Presidente de AREMEHISA

jueves, 22 de enero de 2009

Reforma de la Ley de Registros Civiles

Campaña para la modificación de la Ley de Registros Civiles

¡¡¡ TODAS LAS VÍCTIMAS DEL FRANQUISMO,
EN LOS REGISTROS CIVILES !!!

¡¡Tráigame dos testigos presenciales!!
Con esta frase suele contestar un alto porcentaje de juzgados a las solicitudes de inscripción de víctimas (desaparecidos y fusilados) del franquismo por parte de los únicos que legalmente pueden hacerlo, los familiares. Ello provoca múltiples viajes al lugar de nacimiento o vecindad de la víctima, los recursos a la negativa de inscripción, los interminables plazos en las respuestas, etc., y en definitiva la demora en solucionar un viejo problema (“los de la guerra”) no resuelto pese a la restitución democrática con todos sus derechos y valores. ¿Por qué se produce esta kafkiana situación?

Está constatado que a los pocos días del golpe de estado se dictaron órdenes precisas para que no se inscribieran en los Registros Civiles a los fusilados con la clara intención de dejar el menor rastro posible del genocidio que estaban cometiendo. En noviembre de 1936, coincidiendo con el declive de la represión realizada al amparo del “bando de guerra”, se publicó un Decreto por el que, como simples desaparecidos a consecuencia de la guerra, miles de personas pudieron "legalizar" la muerte de sus familiares desde finales de 1936 hasta la desaparición de la dictadura. En el mejor de los casos, aceptando “falsear” la causa de la muerte, a cambio de recibir una pensión de viudedad o evitar realizar “la mili” sus hijos mayores, siendo frecuente las siguientes: "En choque con fuerza armada", "A consecuencia del bando de guerra" o simplemente "A consecuencia del Glorioso Movimiento Nacional".

No fue hasta 1978 cuando el Gobierno de la UCD aprobó una Ley de Pensiones de Guerra - por supuesto sin mencionar en ningún momento las razones de tal hecho, que no eran otras que el abandono absoluto en que el franquismo dejó a sus víctimas-, para lo cual había que demostrar la desaparición del familiar por el que se quería cobrar la pensión. O sea que la prueba recaía sobre la familia de la víctima y no sobre el Estado responsable de aquellos hechos, que era realmentequien contaba con la información. Esto tuvo, al menos, la consecuencia positiva de poner al descubierto la lamentable situación existente, ya que al recaer la tramitación de los expedientes sobre los ayuntamientos estos se vieron en la obligación de reunir los documentos exigidos, que no eran otros que los que pedía el engorroso decreto de 1936 antes mencionado. O sea, que el decreto franquista, hecho por necesidades burocráticas y para evitar una avalancha de inscripciones, seguía vigente.

Fue entonces, y con este motivo, cuando se vieron las dificultades que seguía acarreando el empeño: muchas personas no lograron localizar el acta de defunción exigido para el cobro de la pensión, en unos casos porque no existía y en otros porque no había modo de encontrarlo, ya que podía haber sido realizado en algún momento indeterminado de los años 40, 50... Así pues estas personas, entre otros requisitos, fueron obligadas a inscribir a sus deudos a través de un “expediente de inscripción fuera de plazo o diferido”, para el cual les fue exigida la declaración de dos personas que dieran fe del hecho. Y esto, que podría haberse encomendado perfectamente a los Ayuntamientos o incluso a la Guardia Civil y a la Policía, se convirtió en un quebradero de cabeza para los familiares por dos razones: por la dificultad objetiva, dada su naturaleza, de localizar a dichas personas a más de cuatro décadas de los hechos (pensemos lo que debió suponer en los años cuarenta) y porque puso en manos de los responsables de los Juzgados de 1ª Instancia un instrumento fácil para rechazar, congelar o invalidar los expedientes. Así, al daño causado en su momento, se añadió la humillación de unos procedimientos legales ideados para que las personas asesinadas no pudiesen adquirir ni siquiera la condición de víctimas. Todo quedó pues en manos de un personal judicial que, en general y salvo excepciones, era muy poco o nada consciente del delicado material humano que allí se estaba manejando. Ahora se trata de
poner fin a esta lamentable situación.

El uso del Registro Civil, como fuente documental, es esencial en cualquier proceso de investigación de la represión, para así poder cuantificarla, pero también para poder ponerles nombre a las víctimas. El proceso de Recuperación de la Memoria Histórica impulsada por la sociedad civil ya ha puesto de relieve la falsedad de los datos que han sustentado la interesada equiparación de víctimas de la guerra (“muertos y barbaridades hubo en los dos bandos”). Pero todavía, setenta y dos años después de la masacre y treinta de las primeras elecciones democráticas, ningún Gobierno ha favorecido la modificación de la Ley que regula la inscripción en dichos Registros Civiles, pese a que todos los Grupos Parlamentarios conocen esta situación por diferentes iniciativas impulsadas por las asociaciones memorialistas.

Es el momento de acabar de una vez con esta situación irregular, y EXIGIMOS la modificación de la Ley de Registros Civiles, a fin de que se posibilite la inscripción de TODAS las víctimas de franquismo, en el sentido de:

1º Facultar a los Ayuntamientos para inscribir en el Registro Civil a todos aquellos vecinos censados en la población, en los momentos de su muerte, y que no tengan familiares que pudieran hacerlo, así como a aquellos funcionarios, empleados o cargos políticos de la Corporación Municipal.

2º Facilitar a las familias la inscripción en los Registros Civiles de las víctimas del franquismo, previa la presentación de documentación oficial (Sentencias Consejos de Guerra, fichas carcelarias, etc.), disponiendo para ello de asesoramiento jurídico gratuito.

3º Agilizar la inscripción “de oficio” por parte de los Juzgados pertinentes cuando exista, y tengan conocimiento, documentación oficial de la época que así lo manifieste.

En favor de esta iniciativa, y del conjunto de objetivos y orientaciones del presente escrito, manifiesto mi apoyo y colaboración

Remitir por correo postal, fax o correo-e a: CGT.A: c/ Alcalde Isacio Contreras, 2B local 8 (41003) SEVILLA - Fax: 954.564.992

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