15 de enero de 2014

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"Muero contento, porque equivocado o no, muero por una idea" Manuel Barreiro dos días antes de ser fusilado 12/3/1939


miércoles, 17 de diciembre de 2008

Memoria histórica. las asociaciones recurren el archivo de la investigación sobre los crímenes del franquismo

16/12/2008 MADRID, 16 (SERVIMEDIA) Las asociaciones para la recuperación de la memoria histórica recurrieron hoy la decisión adoptada por el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional de declarar incompetente al juez Baltasar Garzón para investigar los crímenes del franquismo.

Estas asociaciones, cuya querella posibilitó la investigación iniciada por Garzón, presentaron hoy un recurso de súplica ante la propia Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional pero advirtieron de que, de no prosperar, recurrirán directamente ante el Tribunal Supremo.

Los demandantes consideran que la decisión de declarar incompetente a Garzón para investigar los crímenes de la Guerra Civil y la Dictadura de Franco, adoptada el pasado 28 de noviembre, vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva, a un proceso público y con todas la garantías y que careció de "ausencia de actos de comunicación procesal".

En el escrito presentado hoy ante la Audiencia Nacional, señalan que el recurso, tanto el de súplica como el del Tribunal Supremo, son posibles al amparo de la Constitución y del Convenio Europeo de los Derechos Humanos, en contra de lo sostenido por la propia Sala de lo Penal.

Además del recurso de súplica, las asociaciones comunicaron a la Audiencia Nacional que, subsidiariamente, tenga por preparado un recurso de casación ante el Tribunal Supremo por infracción de precepto constitucional, por infracción de ley y por quebrantamiento de forma.

Por otro lado, los demandates solicitaron la nulidad del auto por el que la Sala de lo Penal ordenó la paralización de forma cautelar las exhumaciones acordadas por Garzón, dictado el pasado 2 de noviembre.

Los demandantes consideran que esta decisión "causó indefensión a muchas de las partes", fue una "evidente incongruencia procesal" y que la Sala de lo Penal no era "el órgano jerárquicamente superior para resolver la cuestión de competencia".

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