Ángel Juanes Peces, magistrado de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, habló en el auditorio del Complejo Cultural Santa María de Plasencia sobre la Ley de Memoria Histórica. La intervención forma parte del ciclo itinerante de conferencias "Vía Cultura", organizado para conmemorar el 75 aniversario del diario HOY.
El jurista destacó las posibilidades que la nueva ley ofrece para revistar los juicios de la Guerra Civil y de la dictadura, llevados a cabo sin la garantía de los derechos constitucionales judicializados, al objeto de lograr el reconocimiento moral que la declaración de ilegalidad e ilegitimidad de las sentencias que afectaron a todas aquellas víctimas que sufrieron la violencia o condenas por procesos derivados de razones ideológicas, políticas y religiosas.
El principal punto de debate que, a juicio de Juanes, ofrece la norma, es dirimir si da opción de abrir una nueva causa -mediante recurso de revisión- o si ésta queda solo limitada en casos de motivos excepcionales, derivados de la aparición o aportación de nuevos hechos o pruebas.
El magistrado mantiene la idea de que, con independencia de ilegalizar los juicios, debe modificarse el recurso de revisión para lograr la expulsión de sentencias verdaderamente indignas por vulneración de derechos fundamentales, porque hubo un juez incompetente o porque fue un proceso no justo. Juanes Peces estima que falta en el ordenamiento una causa de revisión de estos supuestos que permita declarar la nulidad de los procesos en los que se vulneraron derechos constitucionales judicializados.
Hoy.es
El jurista destacó las posibilidades que la nueva ley ofrece para revistar los juicios de la Guerra Civil y de la dictadura, llevados a cabo sin la garantía de los derechos constitucionales judicializados, al objeto de lograr el reconocimiento moral que la declaración de ilegalidad e ilegitimidad de las sentencias que afectaron a todas aquellas víctimas que sufrieron la violencia o condenas por procesos derivados de razones ideológicas, políticas y religiosas.
El principal punto de debate que, a juicio de Juanes, ofrece la norma, es dirimir si da opción de abrir una nueva causa -mediante recurso de revisión- o si ésta queda solo limitada en casos de motivos excepcionales, derivados de la aparición o aportación de nuevos hechos o pruebas.
El magistrado mantiene la idea de que, con independencia de ilegalizar los juicios, debe modificarse el recurso de revisión para lograr la expulsión de sentencias verdaderamente indignas por vulneración de derechos fundamentales, porque hubo un juez incompetente o porque fue un proceso no justo. Juanes Peces estima que falta en el ordenamiento una causa de revisión de estos supuestos que permita declarar la nulidad de los procesos en los que se vulneraron derechos constitucionales judicializados.
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