CARLOS SLEPOY- ELPAIS.com. 02/03/2010. La inaudita y despiadada persecución judicial que está sufriendo Baltasar Garzón excede a su persona. Sin perjuicio del odio visceral que trasluce el dislate jurídico que contra él han puesto en marcha algunos magistrados, es el propósito de enterrar la posibilidad de juzgar los crímenes del franquismo y de lanzar al mismo tiempo el mensaje urbi et orbi de que hay que acabar con esas exóticas ideas de justicia universal y lucha judicial contra la impunidad, lo que explica el desafuero que se está cometiendo, para pasmo y estupefacción de aquellos que creían que la judicatura española estaba en primera línea en la persecución de genocidios y crímenes de lesa humanidad.
Contraviniendo la Constitución española, el Derecho Internacional, el Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Criminal y la doctrina de la que un día supo hacer gala el propio Tribunal Supremo, miembros de este tribunal se proponen inhabilitar a Garzón por cumplir lo que esas normas y esa doctrina establecen. Le imputan, nada más y nada menos, que el haber dictado a sabiendas resoluciones injustas por haber tenido la osadía de pretender investigar crímenes que sólo se justifica que aún no estén juzgados por la impunidad que se ampara en la Ley 46/1977 de 15 de octubre, de Amnistía, cuya declaración de nulidad ha sido instada por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas.
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