15 de enero de 2014

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Joan Busquets i Verges. Exmaqui libertario del Berguedá 28/12/2013
"Muero contento, porque equivocado o no, muero por una idea" Manuel Barreiro dos días antes de ser fusilado 12/3/1939


jueves, 18 de febrero de 2010

¿Hay que derogar la Ley de Amnistía?

Así lo creen distintos organismos internacionales. España no está obligada a cumplir dichas recomendaciones pero no hacerlo supone el incumplimiento de algunos de los pactos suscritos por el Gobierno en materia de derechos humanos.


NUEVATRIBUNA.ES / ISABEL. G.CABALLERO 16.02.2010. La causa contra el franquismo abierta por Baltasar Garzón ha puesto en evidencia el incumplimiento sistemático del Gobierno español a algunos de los pactos suscritos en el plano internacional.


Así se pone de manifiesto en dos recientes informes elaborados por Naciones Unidas que coinciden en destacar la necesidad de que España derogue la Ley de Amnistía de 1977 si quiere hacer efectivo el cumplimiento de los acuerdos adoptados.


Las recomendaciones u observaciones realizadas por la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de Naciones Unidas no suponen una imposición, pero hacer caso omiso a las mismas sitúa a España en la diana por incumplir dichos convenios y avalar la impunidad en el caso que nos ocupa: los crímenes de la guerra civil y la dictadura franquista.


El Comité contra la Tortura expuso en su 43º periodo de sesiones (noviembre de 2009) una serie de conclusiones entre las que se incluyen la necesidad de que el Estado español asegure la “imprescriptibilidad de la tortura en todo caso” tomando en consideración el carácter de jus cogens (como derecho imperativo) en el enjuiciamiento de este tipo de actos en los que este organismo incluye las desapariciones forzadas, unos crímenes que “no deben estar sujetos a amnistía”.


Aunque el Comité valora la ratificación (el 24 de septiembre de 2009) por parte de España de la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, así como la aprobación de la Ley de Memoria Histórica de 2007, alienta al Estado español “a continuar e incrementar sus esfuerzos para ayudar a las familias de las víctimas a esclarecer la suerte de los desaparecidos, identificarlos y obtener las exhumaciones de sus restos, siempre que sea posible”. También, reitera en este sentido, que de acuerdo con el artículo 14 de la Convención, deberá asegurarse la “reparación y el derecho a una indemnización a toda víctima de actos de tortura”.


Por otro lado, el informe elaborado en enero de 2009 por el Pacto de Derechos Civiles y Políticos manifiesta su preocupación por el mantenimiento en vigor de la Ley de Amnistía ya que recuerda que los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles y las amnistías relativas a las violaciones graves de los derechos humanos incompatibles con dicho Pacto. Este organismo también valora la aprobación de la Ley de Memoria Histórica pero muestra su “preocupación” por los “obstáculos” con que han tropezado las familias en sus gestiones judiciales y administrativas para obtener la exhumación de los restos y la identificación de las personas desaparecidas.


Por todo ello, concluye que España debería no sólo derogar la normativa de ‘punto y final’ sino “crear una comisión de expertos independientes encargada de restablecer la verdad histórica sobre las violaciones de los derechos humanos cometidas durante la guerra civil y la dictadura permitiendo a las familias que identifiquen y exhumen los cuerpos de las víctimas y, en su caso, indemnizarlas”.


LOS ARGUMENTOS DEL GOBIERNO ESPAÑOL


Pues bien, la respuesta dada por España sigue sin ajustarse a lo que estos organismos consideran de obligado cumplimiento. Las consideraciones hechas a ambos informes coinciden en señalar que la Ley de Amnistía “fue respaldada por toda la sociedad española y contribuyó a la transición a la democracia”. El ejecutivo español subraya que “la citada ley fue una demanda de toda la oposición democrática y fue una de las primeras leyes aprobadas por consenso por las mismas Cortes que aprobaron la Constitución de 1978”. Y añade que “no sólo la sociedad española sino también la opinión pública mundial es conocedora y ha respaldado siempre el proceso de transición en España que fue posible, en parte, gracias a dicha ley”.


Y todo esto en un documento donde el Gobierno se “sorprende” y se lamenta” por el hecho de que el Pacto de Derechos Civiles y Políticos no reconozca que España “respeta estrictamente los derechos humanos y las libertades públicas”, además de destacar que dichas consideraciones “no se corresponden con la realidad” poniendo en evidencia el “desconocimiento del origen y significación social de la Ley de Amnistía”.


Tampoco hay atisbo de rectificación alguna en la respuesta dada al Comité contra la Tortura donde además de reiterar el respaldo que toda la sociedad española dio a dicha normativa, señala que en el ordenamiento jurídico español la prescripción no se aplicará sin que entre en consideración la aplicación de la ley de 1977 lo que corresponderá, en todo caso, a los órganos jurisdiccionales. Además –recuerda- la Ley de Memoria Histórica supone una “reparación de las víctimas del franquismo, incluidas las torturadas”.


DOCUMENTOS SOBRE LOS QUE SE HA ELABORADO ESTA INFORMACIÓN:





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