José Antonio González Pacheco Billy El Niño |
- El consejo de ministros tendrá que decidir si autoriza que la Audiencia Nacional estudie la posible extradición de cuatro presuntos torturadores de la dictadura de Franco
- Fuentes del Ministerio español de Justicia recuerdan que la legislación no permite extradición de españoles, salvo si existe un tratado. Con Argentina lo hay
eldiario.es Gonzalo Cortizo 18/9/13
Una jueza argentina ha puesto una difícil decisión
sobre la mesa del Consejo de Ministros de Rajoy. María Servini de Cubría
instruye en Argentina la causa contra los crímenes del franquismo y
acaba de conseguir que Interpol dicte una orden de detención
internacional contra cuatro presuntos torturadores durante la dictadura.
La legislación española impide, en principio, la extradición de
ciudadanos españoles pero en el caso de Argentina media un tratado entre
ambos países que podría permitir la entrega. Las decisiones más
importantes para que eso suceda o no deberá tomarlas el consejo de
ministros que preside Mariano Rajoy.
Según fuentes
del Ministerio de Justicia, el Consejo de Ministros deberá estudiar la
extradición, si previamente se procede a la detención de las personas
señalas por Interpol. Si el Gobierno decide facilitar su tramitación,
deberá pasarle el caso a la Audiencia Nacional para que delibere sobre
las razones a favor y en contra de la entrega. Si la Audiencia Nacional
dice no, el caso se cierra. En caso de que la Audiencia vea razones para
autorizar la entrega, el Gobierno tendrá la útima palabra y todavía
margen para denegar la extradición.
"La Audiencia
Nacional viene aplicando cierto principio de reciprocidad", según
fuentes jurídicas. Se da la circunstancia de que España sí ha juzgado a
militares de la dictadura argentina y dos de ellos han ingresado en
prisión para cumplir sus condenas en cárceles españolas.
Como complicación jurídica añadida figuran las leyes de amnistía que
Argentina derogó pero España no. Dicho de otro modo: Argentina considera
que es competente para juzgar a quien España no puede, por la
protección legal que rodea a los crímenes previos a la dictadura.
Además, el tratado de extradición con Argentina deberá enfrentarse de
pleno con la ley 4/1985 de extradición pasiva. Ese texto, redactado por
el primer Gobierno de Felipe Gonzaléz, señala que "no se concederá la
extradición de españoles". Según ese texto, cuando los delitos han sido
cometidos en suelo español, solo la justicia española es competente para
juzgarlos. El debate se inicia y Rajoy deberá decidir cuánto lo
prolonga.
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