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jueves, 26 de enero de 2012

El fiscal: "No he visto nada igual en 36 años de carrera"


El abogado de Garzón pide la nulidad del juicio por investigar los crímenes del franquismo y la Fiscalía ve "insostenible" la acuación del juez instructor del caso, Luciano Varela
PUBLICO.ES / AGENCIAS Madrid 24/01/2012 
"No he visto nada igual en 36 años de carrera". Con esta contundente frase del fiscal puede resumirse la primera sesión del juicio contra el juez Baltasar Garzón por investigar los crímenes del franquismo, que comenzó este martes en el Tribunal Supremo.
La jornada se dedicó al trámite de las cuestiones previas. La defensa del juez, ejercida por el abogado Gonzalo Martínez-Fresneda, solicitó la anulación de todo el procedimiento por ser aplicable a este caso la denominada doctrina Botín, que establece que la acusación popular no es suficiente para sostener una causa en la Fiscalía no presenta acusación alguna.
La aplicación de esta doctrina —llamada así por haber sido instaurada en el denominado "caso de las cesiones de crédito", en el que estaba imputado el presidente del Banco Santander— se justificaría, según el abogado de Garzón, en el hecho de que en este caso el juez suspendido se sienta en el banquillo con la única acusación del sindicato ultra Manos Limpias y la asociación de corte ultraconservador Libertad e Identidad, sin que hayan presentado cargos contra él ni el Ministerio Público, ni ninguna parte directamente perjudicada por sus actuaciones.
La Fiscalía pidió el sobreseimiento de la causa y sostuvo que la actuación del magistrado del Tribunal Supremo que la instruyó, Luciano Varela, fue "absolutamente insólita e insostenible". Solicitó también la aplicación de la doctrina Botín.

Críticas a Varela 

"No he visto nada igual en 36 años de carrera", afirmó el fiscal Luis Navajas en referencia a la providencia en la que, en abril de 2010, Varela dio una "segunda oportunidad" al sindicato ultraderechista Manos Limpias para que subsanara los defectos advertidos en su escrito de acusación, orientándole además sobre cómo hacerlo. Según el fiscal, el magistrado instructor "devolvió el toro a los toriles porque el morlaco (...) no estaba bien presentado para torearse en una plaza de primera", y lo hizo pese a que la ley no se lo permite.

La providencia, añadió Navajas, "transmuta un escrito de acusación que por sí mismo no se salvaba, y el juez colabora y coadyuva a reconstruir lo absolutamente irreconstruible".

Aunque la decisión del instructor fue inmediatamente recurrida por Garzón, la sala de lo penal avaló a Varela, según el fiscal "con cierto sarcasmo", ya que su argumento fue que las correcciones iban en beneficio del derecho de defensa. "La única resolución que no hubiese lesionado los intereses del imputado era la exclusión de la acusación y la extinción de la causa", sostuvo Navajas. 

El representante de la Fiscalía explicó que fue ese aval dado a Varela por la sala lo que decidió al Ministerio Público a respaldar la recusación planteada por Garzón contra los magistrados que firmaron ese auto. Se trataba, añadió, de apartarlos del juicio "para evitar el bochornoso espectáculo para el Supremo de que un tribunal internacional de derechos humanos dijera luego que se habían vulnerado los derechos del acusado". "Gracias a Dios, la sala del 61 (que aceptó las recusaciones) nos respaldó", concluyó Navajas.
Ese argumento también fue esgrimido por la defensa. El abogado de Garzón planteó también la nulidad de todas las actuaciones desarrolladas por el instructor del caso, el magistrado Luciano Varela, desde el 20 abril de 2010, que fue la fecha en la que se dio la oportunidad a las acusaciones, que en principio eran Manos Limpias y Falange —posteriormente expulsada del procedimiento—, de subsanar determinados defectos que presentaban sus escritos de acusación.
Según Martínez Fresneda, ninguno de los escritos presentados inicialmente por los acusadores cumplía las exigencias legales mínimas, por lo que ambas partes deberían haber sido dadas por "decaídas" y el procedimiento archivado. No obstante, Varela "optó por hacer todo lo contrario", concederles trámite para presentar otro escrito, e incluso en el caso de Manos Limpias le indicó cuál debía ser el contenido concreto del mismo.

"Un corta y pega lleno de erratas"

Según explicó el abogado de Garzón, el escrito de acusación presentado por el sindicato terminó siendo una mera copia de los argumentos incriminatorios de un auto anterior del propio Varela, incluyendo incluso algún "gazapo" que el instructor había dejado caer en su resolución, según esta parte.
"Fue un corta y pega, ni siquiera se tomaron las molestias de corregir las erratas", manifestó Martínez Fresneda ante la Sala de lo Penal, para añadir que los efectos de estas decisiones fueron "devastadores" para su cliente, que fue suspendido cautelarmente en sus funciones. En este punto, el abogado de Garzón aludió al caso Nani, en el que la acusación popular se retrasó un día en dictar su escrito de acusación, por la que el tribunal encargado del caso la dio por decaída.
Cuando el Tribunal Constitucional revisó el asunto señaló que no cabía "indefensión" porque el error, en este caso, no fue culpa del tribunal. Martínez-Fresneda cree que este precedente también puede aplicarse a este caso.
Finalmente, el abogado del juez central de Instrucción número 5 denunció la vulneración de los derechos fundamentales de su cliente por la decisión del Supremo de rechazar más de la mitad de los testigos solicitados para arbitrar su defensa en este juicio. Apuntó que tres de los testigos citados por esta parte no podrán acudir por haber fallecido uno de ellos y por problemas familiares y de salud otros dos, por lo que solicitó su sustitución por otras personas pertenecientes también a asociaciones de desaparecidos por el franquismo que denunciaron estos hechos ante el juez.
En su escrito de acusación, Manos Limpias sostiene que en todas sus actuaciones, Garzón "era perfectamente consciente de su incompetencia; de la retroactividad sancionadora que adoptaba; de la prescripción de los delitos que perseguía; del fallecimiento de víctimas y autores; de la creación de una causa general en contra de los principios de legalidad, culpabilidad y personalidad; de la inaplicación del derecho consuetudinario internacional, y de la infracción en suma de los más elementales criterios de legalidad".

La acusación recusa a Perfecto Andrés Ibáñez

El abogado de Manos Limpias, Joaquín Ruiz Infante, insistió durante su turno de exposición de cuestiones previas en la recusación del miembro de la Sala, Perfecto Andrés Ibáñez, que consideran carece de imparcialidad necesaria por dirigir una publicación en la que se tildó a esta parte de "plataforma de la ultraderecha". La Sala ya rechazó esta petición sin necesidad de elevar el asunto a la Sala del 61, y esta misma mañana había inadmitido el recurso de súplica presentado por esta parte contra su decisión inicial.
Una vez se solventen hoy las cuestiones previas, y si la Sala no las acepta y no anula la vista, el juicio podría reactivarse el próximo 31 de enero, que será cuando previsiblemente se interrogue al juez de la Audiencia Nacional, que fue suspendido cautelarmente en sus funciones en mayo de 2010. Las sesiones seguirán hasta mediados de febrero. La Fiscalía no presenta acusación y solicita la libre absolución de Garzón.
La acusación por contra pide al Supremo que imponga a Garzón la pena de 24 meses de multa, a razón de 30 euros al día, así como 20 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, con pérdida definitiva del cargo que ostenta y de los honores que le son anejos, y con la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial o funciones jurisdiccionales fuera del mismo, así como al pago de las costas procesales producidas incluidas las de la acusación popular.  

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